Contenido
de la Constitución
Se trata de establecer
qué partes son las que componen una constitución.
Tradicionalmente
se ha dicho que la Carta Política está conformada por una parte
orgánica y otra dogmática. No obstante, a partir de un ejercicio
pragmático de asunción de las constituciones contemporáneas
es posible establecer otro tipo de divisiones, más o menos extenso,
y que puede cruzarse con el tradicional.
Pues bien, por
la parte dogmática de la Constitución (de las constituciones),
se habla de aquella parte que consagra valores superiores de una sociedad,
que postula los principios y fines estatales, y las libertades a proteger
principalmente por el ordenamiento jurídico. En síntesis: :
se trata de un conjunto de normas que establecen los principios básicos
que orientan la vida del Estado y los derechos de las personas.
La parte orgánica,
determina la estructura del Estado, jerarquías, procedimientos y las
competencias de los diversos órganos que integran el poder público.
Por consiguiente tiene un énfasis instrumental y mecánico en
el buen sentido de estas palabras pues organiza los poderes, sus funciones,
competencias y hasta procedimientos.
No obstante esta
composición básica que presentan las Constituciones se hace
un listado de los temas objeto de tratamiento que en ellas encontramos:
- Preámbulo:
se trata de una especie de introducción al texto constitucional que
proclama cual es la fuente de legitimidad del poder constituyente, los valores,
principios y fines del estado. No obstante, más adelante se definirá
de manera más extensa y precisa, pues constituye una unidad especial
de este texto
- Principios
fundamentales en los que se sustenta el orden constitucional:
se especifican cuales son los principios, valores y fines trazados para
el Estado y ellos sirven de normas orientadoras para la interpretación
y aplicación constitucional.
- Catálogo
de derechos y mecanismos de protección de los mismos:
el documento que integra los diversos derechos reconocidos a la población
vinculada con la Constitución. Además se establece cuáles
son los instrumentos con los que cuentan las personas para hacer valer sus
derechos.
- Estructura
institucional del Estado: enseña como se organiza el poder
publico en el respectivo Estado, teniendo en cuenta que las Constituciones
modernas normalmente incorporan el principio de separación de poderes,
se dice como tiene desarrollo orgánicamente. Se trata de un organigrama
de instituciones oficiales, sus relaciones, funciones, competencias y procedimientos
para la toma de decisiones importantes de lo nacional, regional y municipal.
- Control
Constitucional: para que la Constitución efectivamente
sea la norma básica y superior del sistema jurídico se requiere
que en ella misma se contemplen los mecanismos a través de los cuales
ello se garantice su superioridad, es decir, debe indicarse cómo
se hace efectiva la guarda de la Constitución; veremos que en los
Estados constitucionales actuales se opta básicamente por dos tipos
de modelos de control de constitucionalidad: control concentrado o control
difuso. (Ver capítulo VIII).
- Procedimientos
de reforma constitucional: con el fin de que la Constitución
pueda adaptarse a los cambios que supone la vida social y estatal sin que
se presenten rupturas es necesario que se prevea de que manera puede modificarse
el texto constitucional y por quién o quiénes.
- Disposiciones
transitorias, que van como anexo y después de las disposiciones
permanentes, que permiten el paso pacifico del antiguo régimen al
nuevo, por el cambio de las constituciones.
- Finalmente
podemos establecer como elemento informante de la Constitución, pero
que se hallan diseminados en todo su cuerpo, los elementos
de supremacía constitucional, cuyo máximo instrumento
se encuentra en el control de constitucionalidad. Son mecanismos dirigidos
a establecer la supremacía de la Carta frente a las demás
normas jurídicas de la sociedad, fundamentalmente frente a la Ley,
que históricamente ha disputado el carácter de superioridad.
Al preámbulo
se dedica un capítulo específico, así también
a los demás elementos que conforman la Constitución, excepción
hecha de las disposiciones transitorias. A ellas han de dedicarse en este
espacio algunos renglones.
La Constitución
Política de Colombia de 1991, en su parte final, a manera de anexo,
trajo 59 artículos de carácter transitorio, agrupados en ocho
capítulos. Las disposiciones estaban dirigidas a permitir un tránsito
menos dificultoso del régimen proscrito al nuevo. Para el efecto los
constituyentes entre otras materias revistieron de funciones legislativas
protémpore al Presidente de la República para expedir normas
en las cuales se pusieran en funcionamiento las nuevas instituciones creadas
y para que se adelantaran procesos de paz. Se crearon además, por la
Constituyente algunos organismos de existencia temporal y con funciones muy
precisas; fundamentalmente una comisión especial (de ayuda legislativa
al Presidente de la República) y la Veeduría del Tesoro Público.
Se establecieron limitaciones a los propios constituyentes para que en los
primeros años no pudieran hacer parte de los organismos creados; se
expidieron normas sobre las elecciones que debían realizarse.
Contenido Constitución